La legítima

La legítima es la 'porción' de bienes de la herencia de la que el testador no puede disponer libremente, por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados por ello herederos forzosos o legitimarios. Es decir, se trata del haber hereditario que determinados parientes del difunto deben recibir a la muerte de éste e independientemente de su voluntad.

Los legitimarios en nuestro derecho son los descendientes, ascendientes y el cónyuge.

 

La legítima de los hijos y descendientes

Está constituida por los dos tercios de la herencia del fallecido, si bien el testador puede disponer que uno de estos dos tercios, el llamado de mejora, se entregue a uno sólo de los descendientes; incluso se admite que se mejore directamente a uno o varios de los nietos aunque vivan los padres.

El tercio restante es de libre disposición por el testador.

Si hay descendientes y cónyuge viudo, que no se encuentre separado legalmente o de hecho, éste es legitimario del usufructo del tercio de mejora.

 

Legítima de ascendientes

Está formada por la mitad del haber hereditario de los hijos y descendientes, salvo en el caso en que concurrieren con el cónyuge viudo del fallecido, en cuyo caso será de una tercera parte de la herencia.

La legítima entre los padres se divide entre los dos por partes iguales, y si uno de ellos hubiere premuerto recaerá todo sobre el sobreviviente.

 

Legítima del cónyuge viudo

Si concurre con hijos del fallecido no comunes y concebidos durante el matrimonio su legítima consiste en el usufructo de la mitad de la herencia y si no hay hijos ni descendientes conssite en el usufructo de dos tercios de la herencia.

Si bien la legítima del cónyuge viudo consiste en un usufructo, cabe la transformación del usufructo en una renta vitalicia, en un capital en efectivo.

Para fijar el valor de la legítima se parte del valor que tengan los bienes y derechos del causante al momento de su fallecimiento, deduciéndose del mismo, el de las cargas y gravámenes (gastos como hipotecas o créditos, deudas pendientes de pago... etc.)

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